¡Evolucionando hacia un futuro laboral más seguro! Adaptación empresarial al Nuevo Decreto 44
- MegaPrevencion
- 20 nov 2024
- 3 Min. de lectura

El panorama de la seguridad y salud en el trabajo en Chile está en constante evolución. El nuevo Decreto 44, publicado en julio de 2024, trae consigo una serie de modificaciones importantes que buscan fortalecer la gestión preventiva de riesgos laborales, creando un entorno de trabajo más seguro y saludable para todos.
¿En qué se diferencia el Decreto 44 de los anteriores Decretos 40 y 54?
Mientras los Decretos 40 y 54 se centraban principalmente en la reacción ante accidentes ya ocurridos, el Decreto 44 pone un fuerte énfasis en la prevención. Este cambio de enfoque implica una transformación en la forma en que las empresas deben gestionar la seguridad y salud de sus trabajadores.
Puntos clave del Decreto 44 que impactan tu Reglamento Interno:
Constitución del Comité Paritario de Higiene y Seguridad: El Decreto 44 establece la obligatoriedad de contar con un Comité Paritario en empresas con más de 25 trabajadores. Este comité, compuesto por representantes de la empresa y de los trabajadores, juega un papel fundamental en la identificación de riesgos, la elaboración de planes de prevención y la promoción de una cultura de seguridad en el lugar de trabajo.
Elección de Representantes de los Trabajadores: El proceso de elección de los representantes de los trabajadores para el Comité Paritario se detalla en el Decreto 44. Se establece que la elección debe ser secreta y directa, convocada por el presidente del Comité saliente. Además, se introducen opciones para la realización de la votación, incluyendo la posibilidad de utilizar medios electrónicos que aseguren la transparencia del proceso.
Aprobación y Difusión del Reglamento Interno: El Decreto 44 establece un nuevo procedimiento para la aprobación y difusión del Reglamento Interno. Ya no se requiere la aprobación previa de la Secretaría Regional Ministerial de Salud ni de la Dirección del Trabajo. Sin embargo, se debe someter a la consideración del Comité Paritario, las organizaciones sindicales y los trabajadores, quienes pueden realizar observaciones. La difusión se debe realizar a través de medios visibles en el lugar de trabajo o por correo electrónico.
Experto en Prevención de Riesgos: Se mantiene la obligatoriedad de contar con un experto en prevención de riesgos para empresas que cumplan con ciertos requisitos. El tiempo de dedicación de este experto se define en base a una tabla que considera el número de trabajadores y la cotización genérica.
Programas de Trabajo Preventivo: El Decreto 44 enfatiza la importancia de contar con un programa de trabajo preventivo que identifique los riesgos específicos de cada empresa y establezca medidas de control para prevenir accidentes y enfermedades profesionales. Este programa debe ser difundido a todos los trabajadores.
Adaptación empresarial al Decreto 44 actualizando el Reglamento Interno 2025:
Es fundamental la adaptación empresarial al Decreto 44, revisando y actualizando sus Reglamentos Internos de Orden, Higiene y Seguridad (RIOHS) para que estén en línea con las nuevas disposiciones del Decreto 44.
Algunos de los puntos que debes considerar al actualizar tu RIOHS:
Incorporar las nuevas definiciones y conceptos: Asegúrate de que tu RIOHS incluya las definiciones actualizadas de términos como "riesgo grave e inminente", "trabajo a distancia" y "teletrabajo".
Detallar las funciones del Comité Paritario: Especifica las responsabilidades del Comité Paritario, incluyendo la identificación de riesgos, la investigación de accidentes y la propuesta de medidas preventivas.
Definir el procedimiento de elección de representantes: Describe el proceso de elección de los representantes de los trabajadores para el Comité Paritario, incluyendo los plazos, el sistema de votación y los requisitos para ser elegido.
Establecer un programa de trabajo preventivo: Desarrolla un programa de trabajo preventivo que incluya la identificación de riesgos, la evaluación de riesgos, la implementación de medidas de control, la capacitación de los trabajadores y la supervisión del cumplimiento de las normas de seguridad.
Incluir información sobre trabajo a distancia y teletrabajo: Si tu empresa tiene trabajadores bajo estas modalidades, debes incluir en tu RIOHS las normas que regulan estos tipos de trabajo, como los mecanismos de registro de jornada, el derecho a la desconexión y las responsabilidades del empleador en cuanto a la seguridad y salud.
¡No te quedes atrás!
Adaptarse al nuevo Decreto 44 no solo es una obligación legal, sino también una inversión en la seguridad y el bienestar de tus trabajadores. Un entorno laboral seguro y saludable se traduce en mayor productividad, menor ausentismo y un clima laboral positivo.
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